Condiciones generales de venta de SanLucar Group
1. Ámbito de aplicación
Las siguientes Condiciones Generales de Venta serán de aplicación a cualquier Contrato de Compraventa de frutas y verduras (en adelante, los «PRODUCTOS») entre una empresa vendedora perteneciente a SANLUCAR Group (en adelante, el «VENDEDOR») y el comprador (en adelante, el «COMPRADOR»). En el sitio web de SANLUCAR Group «www.sanlucar.com», aparece publicado un listado de empresas que forman SANLUCAR Group, que aplican estas Condiciones Generales de Venta, así como una versión de dichas condiciones. Independientemente de lo que se dispone anteriormente, SANLUCAR Group comprende, aunque no exclusivamente, las siguientes empresas:
- SANLUCAR FRUIT S.L.
- SANLUCAR DEUTSCHLAND GMBH
- SANLUCAR VERTRIEB DEUTSCHLAND GMBH
- SANLUCAR FRUIT IMPORT NETHERLANDS B.V.
- SANLUCAR OBST & GEMÜSE HANDELS GMBH
- SANLUCAR FRUIT FRANCE S.R.L.
Estas Condiciones Generales de Venta son igualmente de aplicación a los futuros acuerdos formalizados por el VENDEDOR, aunque no se haga mención explícita de los mismos.
Las Condiciones Generales de Venta serán de aplicación con respecto a aquellos términos que no se hayan regulado expresamente en las Condiciones Generales de Compra, si las hubiera, o bien en la orden de Compra o en sus documentos complementarios.
Otras condiciones contractuales generales que complementen, modifiquen o contradigan estas Condiciones Generales de Venta no formarán parte del contrato, incluso aunque el VENDEDOR tenga conocimiento de las mismas, a no ser que el VENDEDOR haya aportado su consentimiento explícito por escrito con respecto a la validez de esas condiciones.
2. Pedidos
Los PRODUCTOS específicos que se requieran, así como la cantidad de cada uno de ellos, deberá especificarse en los pedidos por parte del COMPRADOR. Las ofertas del VENDEDOR no son vinculantes.
Una vez se haya aceptado el pedido por la otra parte, se habrá creado una relación contractual entre COMPRADOR y VENDEDOR, que estará regulada por:
(i) las Condiciones Especiales (si las hubiera), y
(ii) las presentes Condiciones Generales de Venta.
3. Transferencia de propiedad
El VENDEDOR se reserva la propiedad (reserva de titularidad) de todos los PRODUCTOS suministrados (PRODUCTOS con reserva de titularidad) hasta que todos sus créditos, procedentes de la relación contractual con el COMPRADOR, hayan sido satisfechos (en adelante, los «Créditos Garantizados»).
La reserva de titularidad continuará en vigor, incluso en caso de que parte o todos los créditos del VENDEDOR hacia el COMPRADOR hayan sido incluidos en una factura vigente y el pago haya sido transferido y aceptado.
La reserva de titularidad comprende créditos futuros y condicionados. La reserva de titularidad se verá aumentada y ampliada de conformidad con las siguientes disposiciones.
Los PRODUCTOS con reserva de titularidad no podrán ser empeñados ni pignorados a terceros hasta que se hayan satisfecho totalmente los créditos garantizados. El COMPRADOR deberá notificar inmediatamente al VENDEDOR por escrito sobre el acceso de terceros a las mercancías pertenecientes al VENDEDOR. Cuando el tercero no esté en disposición de reembolsar al VENDEDOR las costas judiciales o extrajudiciales en las que se haya incurrido en este contexto, el COMPRADOR será responsable al respecto.
El COMPRADOR tratará los PRODUCTOS con la pertinente diligencia de un empresario responsable. Estará obligado a disponer de un seguro apropiado, a su propio cargo, por el valor original, contra incendios, inundaciones o robo. En caso de que se necesiten trabajos de control y asistencia, el COMPRADOR llevará a cabo estos trabajos a su propio cargo puntualmente.
El COMPRADOR únicamente podrá vender la propiedad del VENDEDOR dentro de su actividad normal de conformidad con condiciones ordinarias. El COMPRADOR estará obligado a especificar una reserva de titularidad en esas ventas. En cualquier caso, el COMPRADOR asumirá el riesgo de crédito de las ventas del PRODUCTO ante mayoristas, supermercados, distribuidores y/o destinatarios, siempre que el PRODUCTO se encuentre en condiciones óptimas en la entrega.
Los créditos del COMPRADOR, resultantes de la venta de PRODUCTOS con reserva de titularidad (incluso después de combinarlos), serán asignados en ese momento al VENDEDOR con el fin de garantizar sus créditos. El alcance de la asignación corresponde al valor de la propiedad vendida del VENDEDOR. El VENDEDOR acepta la asignación. Estos créditos no podrán asignarse ni empeñarse a terceros. El COMPRADOR deberá notificar inmediatamente al VENDEDOR por escrito con respecto al acceso de terceros a dichos créditos.
4. Entrega de PRODUCTOS, transferencia de riesgos y reclamaciones
Los riesgos serán transferidos al COMPRADOR a la entrega del PRODUCTO llevada a cabo por el VENDEDOR.
Los plazos de entrega serán acordados entre el VENDEDOR y el COMPRADOR. En caso de que el VENDEDOR no cumpla el plazo acordado, se comunicará al COMPRADOR (por correo electrónico o por teléfono) a partir del momento en que se conozca la imposibilidad de cumplimiento de dicho plazo. En este sentido, el suministro con retraso llevado a cabo por el VENDEDOR no se considerará un caso de incumplimiento.
El VENDEDOR es responsable de garantizar que los PRODUCTOS cumplan las especificaciones de calidad acordadas y que se respeten las disposiciones europeas o las leyes y normativas aplicables a los PRODUCTOS. En caso de que existan defectos y no se haya pactado ningún acuerdo sobre la calidad, dicha calidad se considerará de conformidad con los reglamentos legales. El VENDEDOR no será responsable de las declaraciones públicas realizadas por el productor u otro tercero (p. ej. mensajes publicitarios).
El COMPRADOR estará obligado a controlar la calidad y la cantidad de los PRODUCTOS que se entreguen, y el COMPRADOR deberá interponer las posibles reclamaciones dentro de un plazo máximo de 12 horas a partir de ese momento, debido a la naturaleza perecedera de los PRODUCTOS. Una vez que haya transcurrido ese período, las mercancías se considerarán aceptadas.
Las reclamaciones por PRODUCTOS defectuosos únicamente serán aceptadas si los PRODUCTOS y sus embalajes mantienen su condición original.
Las reclamaciones deberán identificar debidamente y de forma apropiada los PRODUCTOS reclamados y llevar suficientes fotografías adjuntas que correspondan a los daños causados a los mismos. La precisión y suficiencia de la información será evaluada según el criterio del PROVEEDOR. El COMPRADOR facilitará al PROVEEDOR, entre otras cosas, las lecturas termográficas (dos por envase). Sin esas lecturas, el PROVEEDOR no aceptará ningún tipo de reclamación posible.
En caso de que el COMPRADOR interponga una reclamación sobre la calidad de los PRODUCTOS, se pondrá en contacto con el PROVEEDOR de modo que, si así se desea, el PROVEEDOR realice, a su propio cargo, una inspección alternativa a través de un supervisor independiente, en un plazo de dos (2) días naturales, soportando el COMPRADOR los costes generados del almacenamiento de los productos hasta que se haya realizado la inspección.
El COMPRADOR garantizará al PROVEEDOR el acceso a las instalaciones en las que se encuentren almacenados los PRODUCTOS con el fin de inspeccionarlos, ya sea por sí mismo o a través de una empresa o una persona que designe el PROVEEDOR.
Si el PRODUCTO en cuestión es completamente irrecuperable, el PROVEEDOR emitirá una factura de abono de crédito por el importe total del PRODUCTO ya pagado.
Si todo o parte del PRODUCTO defectuoso puede venderse por un precio inferior al esperado debido a los daños o a problemas de calidad, el PROVEEDOR podrá disponer del PRODUCTO defectuoso como crea conveniente o según las Partes acuerden conforme a un precio reducido.
En caso de discrepancias entre los criterios del inspector designado por el COMPRADOR y el nombrado por el PROVEEDOR, las Partes nombrarán a un inspector/perito de calidad independiente que acuerden mutuamente para que aporte una determinación definitiva.
Si el inspector determina que el daño del PRODUCTO es atribuible al transportista, el PROVEEDOR estará exento de pago por la inspección y el COMPRADOR interpondrá una reclamación al transportista.
En caso de suministro en exceso, el COMPRADOR estará obligado a no rechazar el recibo de la entrega sin motivo justificado, siempre que el exceso no supere un 10 % de la cantidad del PRODUCTO solicitado.
El COMPRADOR comprará y venderá los PRODUCTOS en su propio nombre, a su propio cargo y bajo su propio riesgo.
5. Protección de la marca del PROVEEDOR
El COMPRADOR podrá utilizar las marcas del PROVEEDOR durante la validez del contrato exclusivamente con respecto a los PRODUCTOS suministrados por el PROVEEDOR y siguiendo sus indicaciones.
El COMPRADOR no deberá modificar el logotipo de las marcas del PROVEEDOR que aparezca en los PRODUCTOS o en sus embalajes, ni combinar los PRODUCTOS con otros productos distintos, y no utilizará embalajes con las marcas del PROVEEDOR para otros productos.
El uso específico de las marcas del PROVEEDOR o de cualquiera de sus elementos por parte del COMPRADOR requerirá el consentimiento por escrito del PROVEEDOR.
6. Asignación de derechos
El COMPRADOR no podrá asignar su posición contractual a terceros sin el consentimiento previo por escrito del VENDEDOR.
7. Prioridad
Las presentes Condiciones Generales de Venta deberán aplicarse siempre que las Condiciones Especiales del pedido no establezcan criterios o condiciones diferentes, en cuyo caso prevalecerán estas últimas.
Las Condiciones Especiales (si las hubiera), así como las presentes Condiciones Generales de Venta, prevalecerán sobre cualquier otro acuerdo firmado entre el COMPRADOR y el PROVEEDOR.
8. Fuerza Mayor
En caso de que la disponibilidad del PRODUCTO pueda verse gravemente dañada debido a motivos excepcionales que no puedan preverse o bien, aunque puedan preverse, no puedan evitarse, los plazos y fechas estipulados serán ampliados automáticamente durante un período equivalente a la duración de dichos motivos excepcionales.
Si estos motivos superan un plazo de treinta (30) días naturales, cualquiera de las Partes podrá rescindir la relación contractual. En caso de rescisión de la relación contractual debido a casos de fuerza mayor, ninguna de las Partes tendrá derecho a ser indemnizada por los daños y perjuicios. Los pagos a cuenta realizados por PRODUCTOS no entregados deberán ser reembolsados. Estos PRODUCTOS que estuvieran en curso de envío deberán devolverse.
9. Rescisión anticipada
La relación comercial entre las Partes podrá finalizar en los siguientes casos:
- En caso de que alguna de las Partes notifique a la otra Parte su intención de rescindir el Contrato mediante aportación de notificación previa por escrito con una antelación mínima de tres (3) meses.
- La rescisión por cualquiera de las Partes en caso de que alguna de ellas cometa un quebrantamiento de alguna de las cláusulas del contrato pertinente o de estas Condiciones Generales de Venta, siempre que el quebrantamiento no se haya resuelto en un plazo máximo de cinco (5) días naturales desde la solicitud de la otra Parte, a no ser que el incumplimiento no pueda solventarse o impida el cumplimiento de las obligaciones de la Parte cumplidora. En este caso, la rescisión podrá ser inmediata sin perjuicio del derecho a reclamación por daños y perjuicios de la Parte.
En caso de rescisión anticipada, cualquier trámite del proceso de finalización será cancelado y se abonarán las facturas pendientes. El COMPRADOR deberá adquirir cualesquiera materiales y/o materiales de producción exclusivos, tales como envases, suministros, materiales de embalaje, etc., obtenidos por el PROVEEDOR para hacer frente a los pedidos que se encuentren aún en su posesión. El PROVEEDOR podrá facturar al COMPRADOR en concepto de cualesquiera materiales que estuviera obligado a adquirir pero que no se hubieran utilizado.
10. Jurisdicción y Ley aplicable
La Ley aplicable a cualquier relación legal entre el VENDEDOR y el COMPRADOR será la Ley de España.
La Jurisdicción será la del domicilio del VENDEDOR. Esto también será de aplicación a los procedimientos de escrituras, intercambios y cheques. El VENDEDOR tendrá derecho a demandar al COMPRADOR en su domicilio.
11. Estipulaciones finales
Cualesquiera modificaciones o correcciones de las presentes Condiciones Generales de Venta serán realizadas por escrito y deberán ser acordadas por las Partes.
Cada una de las Partes acuerda que las actualizaciones de estas Condiciones Generales de Venta, que se envíen periódicamente al PROVEEDOR, serán vinculantes para las Partes y serán incorporadas y formarán una parte integral de las presentes Condiciones Generales de Venta.
Si una o más estipulaciones del acuerdo pertinente, incluyendo estas Condiciones Generales de Venta, se declara nula, el resto de estipulaciones continuará estando en vigor. Para reemplazar la estipulación inválida, las Partes acordarán una nueva, cuyo perfil económico se aproxime a la estipulación nula.
Condiciones generales de compra de productos del grupo SanLucar
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